Dos grandes preocupaciones quedaron planteadas el martes 21 a la noche en el Salón Azul de la Intendencia Municipal de Montevideo durante la mesa redonda organizada por la organización de derechos humanos “Iguales y punto”. La primera, la prescripción, en noviembre próximo, de los casos de violaciones a los derechos humanos cometidas por el Estado durante la dictadura. La segunda, la tardanza por parte del gobierno en comunicar e implementar el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Gelman pero que hizo extensivo a todos. Las exposiciones estuvieron a cargo de los abogados Federico Álvarez Petraglia, Pablo Chargonia y Juan Errandonea.
En el ordenamiento internacional, crímenes como la tortura y la desaparición forzada son considerados delitos de lesa humanidad. Eso significa que son tan aberrantes que al cometerlos se violenta al conjunto de los seres humanos. Este tipo de crímenes son considerados imprescriptibles. En el caso de la desaparición forzada, también es considerado un delito permanente, visto que al permanecer los detenidos en condición de desaparecidos el delito se comete aún hoy. Así lo establece, también en nuestra legislación, la Ley 18.026 votada en 2006. Sin embargo la única jueza que hasta ahora aplica estas normas del derecho internacional, es la Dra. Mariana Mota, razón por la cual, se ha montado contra ella una dura campaña desde hace ya varios meses. Para los demás jueces, las causas de violación a los derechos humanos debieran archivarse el próximo noviembre cuando prescriban. Para garantizar el derecho de las víctimas, el Dr. Álvarez Petraglia propone que el Poder Legislativo vote, en el corto plazo, una ley que suspenda los plazos de prescripción para todos los casos de delitos de lesa humanidad, algo que ya se ha hecho en otros países. Alemania lo implementó para los responsables del holocausto judío, por ejemplo.
“El tiempo no puede ser un refugio de criminales de lesa humanidad. El violador de derechos humanos sigue controlando el tiempo. Según la CIDH, ese tiempo no surge de la juridicidad sino de la antijuridicidad”, sostuvo el Dr. Pablo Chargonia, y agregó, “ninguna denuncia puede quedar sin investigar”.
Para los abogados es urgente y perentoria una decisión de este tipo y es también, la forma de implementar el fallo de la CIDH. En marzo de este año, la Corte estableció que el Estado uruguayo “debe garantizar que la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, al carecer de efectos por su incompatibilidad con la Convención Americana y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, en cuanto puede impedir u obstaculizar la investigación y eventual sanción de los responsables de graves violaciones de derechos humanos, no vuelva a representar un obstáculo para la investigación de los hechos materia de autos y para la identificación y, si procede, sanción de los responsables de los mismos”. Uruguay está obligado a cumplir todos los pasos de la resolución y el gobierno debe ser proactivo en garantizar los derechos humanos en nuestro país. El Dr. Juan Errandonea recordó que, para empezar, el Poder Ejecutivo debiera notificar en el plazo de seis meses a los otros dos poderes del Estado el fallo de la CIDH, algo que luego de cuatro meses aún no ha hecho. Para continuar los tres poderes del Estado están obligados a cumplirlo.
¿Cómo pueden cumplirlo? En esto los tres abogados están de acuerdo.
El Poder Ejecutivo debe revocar los actos administrativos de gobiernos anteriores que hayan incluido en la Ley de Caducidad casos de crímenes de lesa humanidad. Este gobierno lo hizo en el caso Alvaro Balbi, sin embargo para el Dr. Chargonia, los particulares han cargado con una responsabilidad que es del Estado por lo que la resolución debiera tomarse de oficio y en cumplimiento con el fallo de la CIDH.
El Poder Legislativo debiera legislar suspendiendo la prescripción de las denuncias y derogando la Ley de Caducidad. La derogación de la Ley de Caducidad no es para el Dr. Juan Errandonea relevante jurídicamente pero sí lo es políticamente. Sería un mensaje político del Poder Legislativo. En su opinión no se debe dejar sólo al Poder Judicial algo que el sistema político viene haciendo hasta ahora.
Por último el Poder Judicial debiera establecer cómo se va a cumplir con la resolución de la CIDH, algo privativo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y los jueces hacer un “control de convencionalidad”. Es decir que en cada caso los jueces están obligados a analizar cuáles son las normas internacionales que aplican para el mismo y cómo se relacionan con las normas jurídicas internas. En cumplimiento con lo establecido por la CIDH, en los casos de delitos de lesa humanidad los jueces ya no deberían enviar la denuncia al Poder Ejecutivo y pedirle permiso para actuar como establecía la Ley de Caducidad sino que al carecer ésta de efectos sencillamente no debe ser tenida en cuenta. De esta manera el Poder Judicial recuperaría su independencia tal cual lo exige la Constitución de la República. Esta actitud sería coherente también con las repetidas resoluciones de la SCJ que ha declarado inconstitucional la Ley de Caducidad en varias oportunidades.
Otro capítulo jerarquizado de la resolución de la CIDH fue la destinada a la búsqueda de la verdad. Se debe dar satisfacción a la dimensión colectiva del derecho a la verdad. Los uruguayos estamos obligados a construir un nuevo relato histórico.
Preocupa entonces que luego de que el gobierno pateara el tablero y expresara a los legisladores su opinión contraria a la Ley Interpretativa con la cual se pretendía dejar sin efecto la Ley de Caducidad, no se hayan dado aún pasos significativos en la búsqueda de soluciones. Por ahora lo único que pasa es el tiempo. Acordamos con lo que se decía desde la mesa, “el tiempo no puede ser el refugio de los criminales de lesa humanidad”.